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Ley de Concursos Mercantiles Artículo 270 Bis 2 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/11/2024

Ley de Concursos Mercantiles Federal
Artículo 270 Bis 2.

Los miembros del consejo de administración y los empleados relevantes no incurrirán, individualmente o en su conjunto, en responsabilidad por los daños o perjuicios que ocasionen al Comerciante cuando le hayan causado un daño patrimonial, derivados de los actos, omisiones o conductas que ejecuten o las decisiones que adopten, cuando actuando de buena fe, se actualice cualquiera de las excluyentes de responsabilidad siguientes:

I.Den cumplimiento a los requisitos que la ley aplicable o los estatutos sociales establezcan para la aprobación de los asuntos que competa conocer al consejo de administración;

II.Tomen decisiones o voten en las sesiones del consejo de administración con base en información proporcionada por empleados relevantes, la persona moral que brinde los servicios de auditoría externa o expertos independientes, cuya capacidad y credibilidad no ofrezcan motivo de duda razonable;

III.Hayan seleccionado la alternativa más adecuada, a su leal saber y entender, o bien, el posible daño patrimonial al Comerciante no haya sido previsible, en ambos casos, con base en la información disponible al momento de la decisión, o

IV.Cumplan los acuerdos de la asamblea de accionistas, siempre y cuando éstos no sean violatorios de la ley.

Federal de México Artículo 270 Bis 2 Ley de Concursos Mercantiles
Artículo 1o ...270 Bis 270 Bis 1 270 Bis 2 271 271 Bis ...342

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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


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